Luego de 80 años de vigencia de ley No. 10.084 de 1941 Uruguay ha decidido actualizar sus normas de Derecho internacional privado para acompasar el Derecho positivo a la nueva realidad existente en el mundo. Es así, que se ha aprobado recientemente la Ley General de Derecho Internacional Privado No. 19.920 de 17 de noviembre de 2020. Esta ley, cuyo contenido y comentario proporcionamos hoy al lector, remoza, por un lado, con una nueva óptica, las antiguas disposiciones vigentes, aunque manteniéndose fiel al enfoque de los Tratados de Montevideo de 1889 y de 1940, incorporando algunos de los criterios sustentados en las diversas Conferencias Especializadas de Derecho Internacional Privado (CIDIP) auspiciadas por la O.E.A. Y por el otro, introduce algunos cambios importantes, como el reconocimiento de la autonomía de la voluntad en el ámbito contractual —tan largamente reclamado por la doctrina— y bases de competencia directa para resolver los litigios internacionales. Todo ello sin intentar modificar algunas codificaciones parciales en determinados sectores: como en el procesal, ya actualizado en el Código General del Proceso; en el ámbito de la minoridad, al regular la adopción internacional el Código de la Niñez y de la Adolescencia; la actuación de las sociedades mercantiles contemplada en la Ley de Sociedades Comerciales; o los problemas de la quiebra internacional resueltos en la ley No. 18.387 sobre declaración del concurso y reorganización empresarial.
La presente obra se ha abocado a realizar un análisis detenido sobre todas y cada una de las disposiciones contenidas en la Ley General. A ello se le agrega un examen exegético de concordancias que permite insertar las nuevas normas en la corriente doctrinaria y jurisprudencial de la que Uruguay ha hecho gala durante más de 100 años. Una obra indispensable en la actualidad, en momentos donde la globalización y la integración inciden tan profundamente en las relaciones privadas internacionales.
‘El mundo de la supermodernidad no tiene las medidas exactas en el cual creemos vivir, pues vivimos en un mundo que no hemos aprendido a mirar todavía. Tenemos que aprender de nuevo a pensar el espacio’.
Augé, Marc. Los no ‘lugares’. Espacios del anonimato. Una antropología de la sobremodernidad. Barcelona, 2002, p. 42.
विषयसूची
Capítulo 1 Razones que llevan a los Estados a realizar una codificación del Derecho Internacional
Sección 1 Los actores en el Derecho Internacional Privado del siglo xxi
Capítulo 2 La codificación del Derecho Internacional Privado en Uruguay y en América Latina
Capítulo 3
Estructura de las reglas contenidas en la Ley General
Capítulo 4 Bases teóricas del Derecho Internacional Privado uruguayo
Capítulo 5 Derecho civil internacional
Capítulo 6 Derecho comercial internacional
Capítulo 7 Derecho procesal internacional
Capítulo 8 Apreciación general de la ley y conclusiones
Capítulo 9 Addendas: tres temas que exigirán un análisis doctrinario en el futuro